Primera ITV del coche: ¿Cuándo hay que pasarla?

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En España, todos los vehículos a motor deben pasar una revisión técnica en la ITV cada cierto tiempo, como ya sabemos. Esto, con el objetivo de comprobar que no presentan ningún fallo que ponga en riesgo la seguridad vial en las carreteras. Pues bien, si te has comprado un coche recientemente, tienes que saber en qué momento tienes que pasar la primera ITV del coche. ¡Veámoslo!

¿Cuándo es obligatorio pasar la ITV?

El Real Decreto 920/217, que regula la Inspección Técnica de Vehículos, explica detalladamente la fecha y la frecuencia de las inspecciones técnicas periódicas, concretamente en el artículo 6 del capítulo II. Si recientemente te has comprado un coche nuevo, debes saber que está exento de pasar la ITV los 4 primeros años, a contar desde la primera matriculación. Una vez transcurridos estos 4 años y hasta los 10 años, la revisión es obligatoria hacerla cada 2 años. Superados los 10 años del coche, deberás pasar la inspección cada año.

Consulta más información >>>> Nueva normativa ITV 2022

¿Cuándo pasa la ITV un coche nuevo?

Consideramos que, un coche nuevo, es un vehículo que aún no ha sido matriculado y que apenas tiene unos cuantos kilómetros rodados. Habitualmente entre 20 km o 30 km. En este sentido, la primera persona que compra este tipo de coche, figura en la documentación del vehículo y en el registro de Tráfico como primer dueño del mismo. Pues bien, como hemos adelantado más arriba, este tipo de coche nuevo debe pasar la Inspección Técnica de Vehículos luego de transcurrir 4 años desde su primera matriculación. Luego, a partir de dicha fecha, pasará la inspección cada 2 años hasta que alcance los 10 años. Posteriormente, deberá pasar la ITV anualmente, sin falta. Por otra parte, nos encontramos con coches que son nuevos, pero que han sido matriculados previamente por el propio fabricante o el concesionario. Estos vehículos se venden al comprador que pasa entonces a figurar, en la documentación, como segundo propietario del coche. Normalmente, dicho coche suele estar por debajo de los 100 km recorridos, pero como lleva varios meses de haber sido matriculado, su precio es más bajo. Para conocer cuándo deben pasar la primera TV estos coches, primeramente, hay que atender a su fecha de primera matriculación. Esto lo podrás observar en la información que aparece en el permiso de circulación o en la ficha técnica.
  • En el caso de ser matriculado como vehículo de alquiler sin conductor (ASC), dicho vehículo debe pasar su primera Inspección Técnica de Vehículos a los 4 años a partir de su matriculación. Posteriormente, cada dos años hasta que cumpla 10 años de ser matriculado y, luego de esto, cada año.
  • Si el coche ha sido matriculado como servicio al público destinado al transporte de personas con o sin taxímetro, debe pasar la ITV luego de 5 años, después, cada 6 meses.
  • Por otro lado, si el coche ha sido matriculado como perteneciente a la categoría N o vehículo mixto, debe pasar su primera ITV cada 2 años hasta que se cumplan 6 años. Luego, entre los 6 y 10 años, debe pasar la inspección anualmente. Mientras que, si tiene más de 10 años, dicha inspección debe ser cada 6 meses.
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Plazos para pasar la Inspección Técnica de Vehículos

Con norma general, los turismos particulares realizan su primera ITV luego de cumplir el cuarto año de su primera matriculación. Es importante volver a mencionar que, las frecuencias de las inspecciones a las que se deben someter los vehículos se determinan en el Real Decreto 920/2017. Para facilitarte las cosas, a continuación, te mostraremos los tipos de vehículos más usuales. Debes considerar que la antigüedad debe calcularse a partir de la fecha de la primera matriculación del vehículo en cuestión. Esta viene indicada en el Permiso de circulación del vehículo.
  • Ciclomotores de dos ruedas:
    • Hasta los 3 años de antigüedad: Exento.
    • Más de 3 años de antigüedad: Le corresponde cada 2 años.
  • Motocicletas, cuadriciclos, vehículos de tres ruedas, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros:
    • Hasta los 4 años de antigüedad: Exento.
    • Más de 4 años de antigüedad: Le corresponde cada 2 años.
  • Turismos particulares:
    • Hasta los 4 años de antigüedad: Exento.
    • De 4 años a 10 años de antigüedad: Le corresponde cada 2 años.
    • Más de 10 años de antigüedad: Le corresponde anualmente.
  • Vehículos ligeros (furgones, furgonetas y camiones hasta 3.500 kg de MMA):
    • Hasta 2 años de antigüedad: Exento.
    • De 2 a 6 años de antigüedad: Le corresponde cada 2 años.
    • De 6 a 10 años de antigüedad: Le corresponde anualmente.
    • Más de 10 años de antigüedad: Le corresponde cada 6 meses.
  • Vehículos pesados (Remolques de más de 3.500 kg de MMA y camiones):
    • Hasta 10 años de antigüedad: Le corresponde anualmente.
    • Más de 10 años de antigüedad: Le corresponde cada 6 meses.
En conclusión, es importante que estés al tanto de la antigüedad de tu coche, pues es la que determina la primera itv del coche y la frecuencia con la que deberá pasarse. De esta manera, podrás estar seguro de no incurrir en un incumplimiento de la normativa y, por tanto, una posible multa.